Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público *

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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:

Empresa Producto Información de contacto
Grupo Iiseg cobertura: Mexico,Centroamerica Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas Somos proveedores de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en Calle Zacpol No.25 Col. Fracc. Mundo Maya
Ciudad del Carmen, Campeche . México
Datos y productos de Grupo Iiseg
PC Oil & Gas cobertura: America Servicios de adquisiciones, Servicios técnicos Ofrecemos Servicios de adquisiciones en 1718 Fry Rd, Suite 240 Col. Houston
Houston, C.P. 77084 . Estados Unidos
Datos y productos de PC Oil & Gas
Coapec cobertura: LA Servicios complementarios para el sector agropecuario Somos un proveedor de Servicios complementarios para el sector agropecuario en Honduras, Honduras . Honduras
Datos y productos de Coapec
Grupo y Transportes Salas cobertura: México Arrendamientos de grúas Somos proveedores de Arrendamientos de grúas en . México
Datos y productos de Grupo y Transportes Salas
EL TREBOL AUTOMOTRIZ ERMITA cobertura: Latinoamerica FLOTILLAS Y ARRENDAMIENTOS DE Ofrecemos FLOTILLAS Y ARRENDAMIENTOS DE en Calzada Ermita Iztapalapa 1739 Col. Los Angeles
Mèxico, D.F. C.P. 09830 . México
Datos y productos de EL TREBOL AUTOMOTRIZ ERMITA
ESTUDIO SAYAN VIDAURRE cobertura: IBEROAMERICA-UE-USA-ASIA FUSIONES Y ADQUISICIONES, FUSIONES Y ADQUISICIONES Somos un proveedor de FUSIONES Y ADQUISICIONES en DON RAMON DE LA CRUZ 85 Col. SALAMANCA -MADRID
MADRID-ESPAÑA, DON RAMON DE LA CRUZ 85 7º C I C.P. 28006 . España
Datos y productos de ESTUDIO SAYAN VIDAURRE
Trane cobertura: México Arrendamientos de equipos de aire acondicionado para estadios Somos proveedores de Arrendamientos de equipos de aire acondicionado para estadios en Blvd. M. Avila Camacho #80 Col. El Parque
D.F., D.F. C.P. 53390 . México
Datos y productos de Trane
Auax cobertura: NA Plata ley, Plata ley, granalla y en lingote Ofrecemos Plata ley en Jalisco, Guadalajara . México
Datos y productos de Auax
REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR cobertura: México APARATO LEY DE HOOKE, JARRA LEYDEN PARA ELECTROSTATICA, BOTELLA DE LEYDEN Somos un proveedor de APARATO LEY DE HOOKE en AURELIANO VALVERDE #10 Col. PRESIDENTES EJIDALES
México, D.F. C.P. 04470 . México
Datos y productos de REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR
Mineria Colombiana cobertura: Europa, Asia Manganeso Ore al 45 % de Ley Somos suplidores de Manganeso Ore al 45 % de Ley en Carre 43 A No 30-25 Col. Colombia
Medellin, Antioquia C.P. 55305 . Colombia
Datos y productos de Mineria Colombiana
BIDMEXICO International cobertura: Canadá México Asesoría en ley mexicana Ofrecemos Asesoría en ley mexicana en Edmonton, Alberta . Canada
Datos y productos de BIDMEXICO International
Minera Quintay cobertura: México y América Latina Cuarzo de alta ley (99% silice) Somos un proveedor de Cuarzo de alta ley (99% silice) en Clemente Fabres No. 1176 PROVIDENCIA SANTIAGO Col. Providencia Santiago
Santiago, Sanitago . Chile
Datos y productos de Minera Quintay
LAB MET DE MEXICO cobertura: NA ley federal de metrología y normalización, servicios Somos proveedores de ley federal de metrología y normalización en Cacamac 11 Col. Santa Isabel Tola
México, D.F. C.P. 07010 . México
Datos y productos de LAB MET DE MEXICO
METALEX cobertura: Internacional PLATA A GRANNALLA LEY .999 Ofrecemos PLATA A GRANNALLA LEY .999 en Internacional Col. --------------
-----------, ---------- C.P. 0052 . México
Datos y productos de METALEX
BBI cobertura: Internacional quimicos: metales de baja ley, SERVICIOS Somos un proveedor de quimicos: metales de baja ley en Levashovsky 2- 10N
San Petersburgo, San Petersburgo C.P. 19713 . Rusia
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Solicitudes de compradores de: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

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Si usted desea conocer solicitudes de Compradores de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o productos similares, a continuación le mostramos una lista de requerimientos de suministro o solicitudes de cotización, importación o compra de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para poder contactar a los Compradores, Importadores, Demandadores o Clientes de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vea el listado de requerimientos y solicíteles información
ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
320180 Compra de cobre 10% ley 10000 Toneladas
Mensual
Comprador de cobre 10% ley en Colima, México Comercializacion Buen dia me interesa saber si ustedes tiene cobre arriba del 10% de ley en venta y ...

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Mensaje al comprador
532177 Compra de oro ley 9.95 100 Kilogramos
Semanal
Comprador de oro ley 9.95 en ANTIOQUIA, Colombia COMPRAS REQUIERO PARA CLIENTE SUMINISTRO DE 50 A 100 KGS SEMANALES ORO BUENA LEY, FAVOR INFORMARME ...

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Mensaje al comprador
267599 Compra de MANGANESO ORE DE LEY 46% 5 Toneladas
Mensual
Comprador de MANGANESO ORE DE LEY 46% en houston, Estados Unidos GERENTE COMERCIAL MANGANESO ORE DE LEY 46 GRANDES CANTIDES

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384611 Compra de oro ley 1000 200 Kilogramos
Mensual
Comprador de oro ley 1000 en ANTIOQUIA, Colombia GERENTE

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Mensaje al comprador
385774 Compra de oro ley 1000 200 Kilogramos
Mensual
Comprador de oro ley 1000 en ANTIOQUIA, Colombia GERENTE

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414774 Compra de Manganeso Ore al 45 % de Ley 15000 Toneladas
Mensual
Comprador de Manganeso Ore al 45 % de Ley en provincia, Chile Gerente

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473725 Compra de plata ley en granalla 10 Kilogramos
Semanal
Comprador de plata ley en granalla en guerrero, México dueno

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498395 Compra de plata de ley 950 1 Kilogramos
Trimestral
Comprador de plata de ley 950 en aragua, Venezuela director plata de ley 950

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310643 Compra de Sector residencial 1 Piezas
Diario
Comprador de Sector residencial en managua, Nicaragua ventas especificaciones tecnicas

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533158 Compra de sector aeronautico 1 Piezas
Semanal
Comprador de sector aeronautico en Cartago, Costa Rica Propietario Soy el representante de una compañía que vende repuestos y servicios al sector aeronáutico en Centroamérica, ...

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Clientes o compradores de: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí     Ir menú Δ

Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o similares seleccionados:

No. de Oportunidad Comprador de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
148708
(18-Ene-2008)
Servicios y Representaciones Tècnicas
Veracruz, México
10 Servicios
Anual
145998
(12-Ene-2008)
DANTECH CORP.S.A.
junin 68 cap. fed., Argentina
1 Servicios
Diario
143774
(7-Ene-2008)
HB Tecnologias
Estado de Mexico, México
1 Piezas
Diario
143578
(6-Ene-2008)
COINMM
555, México
4 Piezas
Única vez
129526
(14-Nov-2007)
INTERNATIONAL CARGO
GUATEMALA, Guatemala
1 Servicios
Diario

Empresas que incluyen en su nombre el término Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

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Si usted desea conocer empresas que incluyan en sus nombres o denominaciones (incluso
las que no se muestran en esta sección) el término Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o similares, a
continuación le presentamos una lista de ellas. Usted puede conocer más
sobre ellas y solicitar información dando clic a cada una:
Empresa Dirección / Información de contacto
Carr.Internacional y Calle Deportiva km.1434
Culiacán, Sin. C.P. 00000 , México
 
CALZADA A LA REFINERIA LOTE-5 Col. n.d.
SALINA CRUZ, OAX. C.P. 70600 , México
 
JOSE RAMOS MILLAN NO.-37-C Col. OBRERA
TIERRA BLANCA, VERACRUZ , México
 
Sur 67-A No. 107-302 Col. Prado Churubusco
México, D.F. C.P. 04230 , México
 
CARR. MEXICO LAREDO K.M. 118 Col. ESTACION
ACTOPAN, C.P. 42500 , México
 
Calle Veracruz 204 Col. Tamaulipas
Tampico, Tamaulipas C.P. 89120 , México
 
HIDALGO 104 BIS Col. MANANTIAL
TIHUATLAN, VERACRUZ C.P. 92900 , México
 
Ave. Dr. Ramón Flores S/N Col. Lazarillos de Abajo
Allende, Nuevo León C.P. 67350 , México
 
Central ORIENTE No. 14 Col. Aviación Vieja
Poza Rica, Veracruz , México
 
dddd Col. dddd
Portugal, Lisboa C.P. 00000 , México
 

Ofertas de proveedores de: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

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Si usted desea saber quien oferta o vende Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o productos similares como venta regular, remate, liquidación, saldo, fuera de especificación, fuera de grado o lento movimiento,a continuación le mostramos una lista de algunas ofertas de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público seleccionadas. A continuación podrá ver los datos de estas ofertas historicas de Vendedores de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o productos similares.
Producto Ubicación Cantidad Precio Comentarios
cubrebocas Nuevo León, México 3e+06 Piezas 0 Peso mexicano
MAQUILA DE INYECCION DE PLASTICO DE 80 TON HASTA 200 TON df, México 1 Piezas 1 Peso mexicano
Aceites Esenciales Bogotá, Colombia 100 Litros 0 Dólar de los EUA
REGATONES Y NIVELADORES df, México 1000 Piezas 1.5 Peso mexicano
Servicios de Mantenimiento preventivo y correctivo Distrito Federal, México 10 Servicios 1 Peso mexicano
Servicios de marketing region metropolitana, Chile 1 Servicios 1 Dólar de los EUA
Consultoria ISO 9000 ISO 14000 VDA 6 ISO TS 16949 OHSAS 18000 Buenos Aires, Argentina 1 Servicios 0 Dólar de los EUA

Noticias que incluyen en su texto el término Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

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Si usted requiere leer Noticias que incluyan en su texto el término Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de las notas relacionadas publicadas en el portal. Las noticias incluyen principalmente informacion Comercial, Información o Condiciones de Mercado, Ampliaciones, Nuevas Plantas o Fusiones, Ofertas de Empresas, Legislación, Resultados, Lanzamientos, Entrevistas, Incrementos o Bajas de Precio y mucho más. Usted puede leer de forma gratuita cada noticia y cuando la nota es larga dar click en Ampliar para ver la noticia completa.

03-Junio-2002
Sector público, fundamental para las pequeñas empresas de la industria farmacéutica
  
     Fuente:  Intélite
Las compañías farmacéuticas de capital nacional cubren la demanda del sector público casi en su totalidad, pues aportan más de 80% a este sector mediante licitaciones; sin embargo, sus ventas gubernamentales generalmente implican márgenes de utilidad reducido, ya que dependen de la capacidad de compra del sector público, pues en el mercado privado predomina la presencia de compañías transnacionales que surten alrededor de 85% de la demanda. 

  • Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica, diez empresas transnacionales controlan una tercera parte del mercado mexicano, mientras que 50 firmas tienen el control de 75% del mercado privado.
  • Bancomext apuntan que del total de las ventas al gobierno, 75% se realizan al IMSS, seguido por el ISSSTE, con 20%, mientras que el restante 5% se destina aotros organismos como la Ssa, Pemex y la Sedena. 
     
     
     
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02-Octubre-2002
Se desploma el superávit del sector público federal
  
     Fuente:  Intélite
Las finanzas públicas de México registraron un superávit de 6,534.1 mdp en agosto, cifra que representó una caída anual de 59.2%, lo que se explica por la caída en los ingresos del gobierno. 

  • ingresos presupuestarios sumaron 110,775.8 mdp en el mes de referencia, observando una caída anual de 9.8, como resultado del descenso de 19% en los ingresos del gobierno federal y de un incremento de 17.1% en los recursos de organismos y empresas.
  • SHCP explicó que la variación en los ingresos presupuestarios se debió a que se eliminó el ajuste semestral a los pagos provisionales del ISR que se realizaban en agosto.
  • ingresos no tributarios cayeron 47.6%, al totalizar 15,254.6 mdp.
  • recursos provenientes del petróleo crecieron 7% y ascendieron a 37,104.4 mdp.
CONSIGUE HACIENDA SUPERÁVIT PÚBLICO DE 3,930 MDP

(El Economista, Valores y Dinero, p12, 02/10/2002)
CAEN 9.8% INGRESOS DEL GOBIENRO

(Unom@suno, El Dinero, p14, 02/10/2002)
CAYERON LOS INGRESOS PRESUPUESTARIOS 9.8 POR CIENTO

(La Crónica, Negocios, p39, 02/10/2002)
SUPERÁVIT FISCAL DURANTE AGOSTO

(Excélsior, Primera Sección, p1, 02/10/2002)
FINANZAS PÚBLICAS REGISTRAN SUPERÁVIT

(El Sol de México, Finanzas, p4, 02/10/2002)
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01-Octubre-2002
Autorizan eliminar presentación del sector público en IMSS
  
     Fuente:  Intélite
Desde que en enero se dieron a conocer las nuevas directrices para modificar la mecánica de proveeduría de medicamento en el IMSS, he platicado del tema, en función de la importancia que tiene para ese instituto que dirige Santiago Levy, por sus crecientes dificultades financieras. El plan tiene como objetivo mejorar ese servicio a los derechohabientes, al eliminar vicios y fallas y dar entrada a nuevos proveedores para acceder a condiciones similares como las que se tienen en las farmacias privadas.

Isaac Saba y Nadro de Pablo Escandón. 

  • Luis Guillermo Ibarra.
  • abasto a la infraestructura de segundo nivel y que gradualmente se avanzará hasta individualizar la cobertura de lo 1, 800 unidades con que cuenta el IMSS.
  • riesgo de que se estimulen actores al vapor que en un momento dado podrían estar ligados a los responsables de esas unidades, dando lugar a la corrupción.
  • abrogación del decreto para eliminar la presentación del sector público en los medicamentos del IMSS. El Consejo de Salubridad General que encabeza Mercedes Juan ya lo aprobó y en breve se publicará en el Diario Oficial,.
  •  

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Artículos que incluyen en su texto el término Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

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12-01-2009
El funcionamiento del Parksafe en un estacionamiento público
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Gobierno, Petroquímica | Productos y Servicios relacionados: Automatización y control

El funcionamiento del Parksafe en un estacionamiento público

¿Qué es el sistema Parksafe?

El sistema Parksafe es un sistema de estacionamiento automático, que consiste en un ascensor o transportador vertical y estantes de almacenamiento a los lados.

¿Cómo funciona el Parksafe?

A continuación le detallamos el funcionamiento del Parksafe en un estacionamiento público:

 

 

Cuando el usuario solicita su boleto en la máquina, sus placas son registradas. El monitor de texto le muestra la disponibilidad en el área de transferencia.

 

La barra y puerta del área de transferencia asignada se abren.

 

El sistema de registro de sus placas permite salir en caso de que el boleto se dañe o se pierda.

 

 

 

 

 

 

 

El usuario maneja dentro del área de transferencia y ubica su auto en el lugar asignado. El usuario es guiado por un espejo y un monitor de texto ubicado frente a él.

 

Después de asegurar el auto, el usuario sale y deja el área de transferencia.

 

En el lector de boletos de la puerta de entrada, el usuario confirma el procedimiento de estacionamiento.

 

 

 

 

 

 

 

La puerta cierra, y...

 

El procedimiento de estacionamiento inicia.

 

En el área de transferencia el cruce peatonal se retira y después la plataforma con el auto se levanta.

 

 

 

 

 

 

 

La plataforma con el auto da vuelta y después se eleva.

 

La plataforma con el auto está ahora en su lugar en el estante previsto para el almacenaje.

 

Una vez que el nivel vertical ha alcanzado el lugar adecuado, la plataforma ocupada es acoplada a otra. Antes de poner las plataformas en el estante del almacenamiento, está queda bloqueada en la estructura de acero.

 

 

 

 

 

 

 

El proceso de almacenamiento esta ahora completo y el nivel vertical traerá una plataforma vacía al área de transferencia.

 

En este lado del nivel vertical, los aparcamientos están en tres filas y por el otro lado en un arreglo de una sola fila.

 

Antes de que el usuario pueda recuperar su auto, debe pagar en la máquina de efectivo. (Se puede instalar el pago con tarjeta de crédito, por pedido)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El usuario entonces solicita su auto en la terminal de salida. El monitor le muestra su área de salida.

 

Una vez que el auto en la plataforma llega al área de transferencia y el paso peatonal ha sido bajado, la puerta abre automáticamente.

 

El usuario entra a su auto.

 

 

 

 

 

 

 

Y al sacarlo, la puerta se cierra.

 

Para abrir la barra de salida, el boleto pagado debe ser insertado en el lector.

 

El operador supervisa el procedimiento de entrada y salida. Además, da asistencia las 24 horas al usuario de ser necesario.

Proveedores de sistemas Parksafe

A continuación le presentamos a Westec, proveedor de sistemas Parksafe:

Westec cuenta con más de 30 años de experiencia en el diseño y desarrollo de plantas industriales para los sectores: farmacéutico, químico, alimenticio, automotriz, textil, petroquímico, papel, ensamblado, maquilado, entre otros.

Una de sus especialidades es la automatización de estacionamientos, en donde ofrece los sistemas Parklift, Combilift, Parksafe, Multiparker, Level Parker, entre otros.

Westec pone a su alcance una amplia variedad de estacionamientos automatizados Parksafe, de acuerdo a sus necesidades:

Parksafe 580

 

 

Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfonos de Westec.

O bien, haga contacto directo con Westec para solicitar mayor información sobre el sistema Parksafe.

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03-12-2008
¿Cuál es el impacto de la Nueva Ley de Energía Renovable en los proyectos en México?
Fuente: QuimiNet | | Productos y Servicios relacionados: Mecanismo de Desarrollo Limpio / Bonos de Carbono

¿Cuál es el impacto de la Nueva Ley de Energía Renovable en los proyectos en México?

Como parte de la  reforma  energética  presentada  por  el  Presidente  Felipe  Calderón,  el  Congreso  aprobó  una  nueva  ley  cuyo  objeto  es  regular  el  aprovechamiento  de  fuentes  de  energía  renovable  y  el  establecer  los  instrumentos  para  el  financiamiento  de  la  “transición  energética”.    La  ley  para  el  Aprovechamiento  de  Energías  Renovables  y  el  Financiamiento  de  la  Transición  Energética  (la  “Ley”).

Los  objetivos  establecidos  por  esta  iniciativa  a  pesar  de  ser  buenos,  no  se  encuentran contenidos  en  el  contenido  de  la  Ley  objeto  de  nuestro  análisis. La  ley  establece  una política  pública  dirigida  a  la  promoción  de  proyectos  de  energía  renovable  y  otorga  nuevas  facultades  a  la  Secretaría  de  Energía  (“SENER”)  y  la  Comisión  Reguladora  de  Energía  (“CRE”)  para  el  desarrollo  de  nuevos  instrumentos  regulatorios  que  les  permita  alcanzar  estos  objetivos.    Esta  Ley  no  sustituye  lo  dispuesto  por  la  Ley  de  Servicio  Público  de  Energía  Eléctrica.    Por  lo  mismo  los  proyectos  renovables  podrán  operar  bajo  el  esquema  de  autoabastecimiento,  cogeneración  y  pequeña  producción  sin  que  esto  implique  nuevas  restricciones.    Esta  Ley  trata  de  atraer  inversión  privada  para  el  desarrollo  de  proyectos  de  energía  renovable  (“Productores”)  y  no  regula  de  manera  directa  a  las  compañías  paraestatales  (“Suministradores”).

Esta  Ley  establece  nuevos  requisitos  para  los  Productores  encargados de  proyectos  de  energía  renovable  que  tengan  una  capacidad  mayor  a  los  2.5  MW.

Estos  requisitos  incluyen:

  1. Asegurar  la  participación  local  en  el  proceso  de  consulta  pública;
  2. En  el  supuesto  de  que  se  hayan  celebrado  arrendamientos  los  pagos  deberán  tener  una  periodicidad  mínima  de  dos  veces  al  año;
  3. Promover  el  desarrollo  social  en  la  comunidad  en  la  que  se  desarrolle  el  proyecto,  conforme  a  las  mejores  prácticas  internacionales  y  atendiendo  a  la  normatividad  aplicable  en  materia  de  desarrollo  rural  sustentable,  protección  al  medio  ambiente  y  derechos  agrarios.

La  Ley  considera  el  uso  de  la  energía  renovable  y  de  las  tecnologías  limpias  son  de  utilidad  pública  y  deberá  ser  promovida  como  parte  de  la  Estrategia  Nacional  de  Transición  Energética.    Esta  estrategia  promoverá  el  uso  eficiente  de  y  sustentable  de  la  energía  y  busca  reducir  la  dependencia  de  México de  los  hidrocarburos  como  la  principal  fuente  de  energía.    Por  energía  renovable  se  considera  a  aquellas  fuentes  que  reside  en  fenómenos  de  la  naturaleza,  procesos  o  materiales  susceptibles  de  ser  transformados  en  energía  aprovechable  por  la  humanidad,  que  se  regeneran  naturalmente  e  incluyen:  el  viento,  la  radiación  solar,  el  movimiento  del  agua  en  cauces  naturales  o  artificiales,  la  energía  oceánica  en  sus  distintas  formas,  el  calor  de  yacimientos  geotérmicos,  los  bioenergéticos  que  determine  la  Ley  de  Promoción  y  Desarrollos  de  los  Bioenergéticos  y  aquellas  otras  que  determine  la  SENER.    Esta  ley  expresamente  excluye  de  su  campo  de  aplicación  los  minerales  radiactivos,  hidroeléctricas  con  capacidad  superior  a  30 MW,  incineradores  o  tratamiento  térmico  de  cualquier  tipo  de  residuos  y  aprovechamiento  de  rellenos  sanitarios  que  no  cumplan  con  la  normatividad  ambiental.

SENER  deberá  desarrollar  un  programa  para  el  aprovechamiento  de  la  energía  renovable.    Para  alcanzar  este  objetivo,  la  SENER  deberá  observar  lo  establecido  en  los  programas  nacionales  en  materia  de  mitigación  del  cambio  climático  y en  los  compromisos  internacionales  en  materia  de  cambio  climático  y  energía  renovable.    La  SENER  deberá  establecer  metas  específicas  que  incluyan  los porcentajes  de  capacidad  instalada  y  suministro  de  energía  derivados  de  proyectos  renovables.    La  SENER  desarrollará  la  infraestructura  necesaria  para  la  interconexión  al  Sistema  Eléctrico  Nacional  de  los  proyectos  de  energía  renovable.    La  SENER  tendrá  la  facultad de  celebrar  convenios  de  coordinación  con  los  gobiernos  estatales  y  municipales  para  simplificar  el  acceso  a  aquellas  áreas   con  mejores  recursos  naturales,  promover  la  compatibilidad  en  la  zonificación  para  estos  proyectos  y  simplificar  el  proceso  de  obtención  de  permisos.

La  CRE  será  la  encargada  de  emitir  normas,  directivas,  metodologías  que  regulen  y  provean  incentivos  para  la  generación  de  electricidad  de  fuentes  de  energía  renovable  así  como  los  instrumentos  de  pagos  entre  los  Productores  y  Suministradores.    La  CRE  será  la  encargada  de  establecer  las  disposiciones  que  permitan  la  interconexión,  acceso  preferencial  y  porteo  al  sistema  eléctrico.    También  tendrá  una  mayor  autonomía  para  fijar  los  procedimientos  de  intercambio  y  compensación  de  energía  con  los  suministradores,  y  podrá  diferencias  dicho  trato  dependiendo  de  la  tecnología  y  ubicación  geográfica  de  los  proyectos.    Adicionalmente,   La  CRE  será  la  encargada  de  la  autorización  de  los  contratos  modelo  entre  los  productores  y  suministradores  y  establecerá  los  lineamientos  para  la  entrega  de  excedentes  al  sistema  eléctrico  nacional.    En  suma,  el  Congreso  ha  otorgado  una  mayor  carga  administrativa  en  la  CRE,  autoridad  que  será  la  encargada  de  desarrollar  el  marco  regulatorio  para  alcanzar  los  objetivos  de  la  Ley.

La  SENER  con  la  opinión  de  la  Secretaría  de  Hacienda  y  Crédito  Público,  de  la  Secretaría  del  Medio  Ambiente  y  Recursos  Naturales  (“SEMARNAT”)  y  de  la  Secretaría  de  Salud  elaborará  una  metodología  para  valorar  las  externalidades  asociadas  con  la  generación  de  electricidad,   basada  en  energías  renovables.    A  partir  de  esa  metodología,  la  SEMARNAT  diseñará  mecanismos  de  regulación  ambiental  para  el  aprovechamiento  de  energías  renovables.    El  ejecutivo  federal  consolidará  las  provisiones  presupuestales  relativa  a  la  Estrategia  Nacional  para  la  Transición  Energética  y  el  Aprovechamiento  Sustentable  de  la  Energía  (la  “Estrategia”),  dichos  montos  se  actualizarán  por  lo  menos  cada  tres  años.

El  Ejecutivo  Federal  diseñará  e  instrumentará  las  políticas  y  medidas  para  facilitar  el  flujo  de  recursos  derivados  de  los  mecanismos  internacionales  para  la  mitigación  del  cambio  climático.    Las  dependencias,  entidades  competentes  y  Suministradores  podrán  desempeñar  el  papel  de  intermediarios  entre  los  proyectos  de  aprovechamiento  de  las  energías  renovables  y  los  compradores  de  certificados  de  carbono.    Se  crea  el  Fondo  para  la  Transición  Energética  y  el  Aprovechamiento  Sustentable  de  la  Energía  (“El  Fondo”).    El  Fondo  incluirá  la  posibilidad d e  utilizar  recursos  no  recuperables  para  el  otorgamiento  de  garantías  de  crédito  u  otro  tipo  de  apoyos  financieros  para  los  proyectos  que  cumplan  con  el  objeto  de  la  Estrategia.    Para  el  ejercicio  fiscal  de  2009  el  Fondo  contará  con  monto  presupuestado  de  tres  mil  millones  de  pesos.

El  desarrollo  del  marco  regulatorio  solo  ha  iniciado  con  la  emisión  de  esta  Ley,  para  complementarlo  será  necesario  la  emisión  de  su  reglamento,  el  Programa  Nacional  para  el  Aprovechamiento  de  Energía  Renovable  y  Transición  Energética  y  la  Estrategia,  los  mecanismos  específicos  para  asegurar  el  flujo  financiero  de  los  créditos  de  carbono,  el  mecanismo  de  cuantificación  de  externalidades,  los  contratos  modelo,  las  metodologías  y  otros  instrumentos  regulatorios  para  alcanzar  los  objetivos  de  la  Ley.    Adicionalmente,  esta  ley  contempla  nuevos  requisitos  que  deberán  ser  satisfechos  para  el  desarrollo  de  proyectos  de  energía  renovable.    Por  lo  tanto  este  es  el  primer  paso  para  alcanzar  un  objetivo  loable,  dejar  de  depender  de los  hidrocarburos  como  la  fuente  principal  de  energía.    Esta  es  una meta  por  lo  que  vale  la  pena  encaminar  nuestros  esfuerzos,  sin  embargo,  muchos  otos  pasos  deberán  alcanzarse  previamente  a  evaluar  del  impacto  de  esta  ley  en  el  sector  energético  mexicano.

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05-01-2006
Las Normas Oficiales Mexicanas
Fuente: QuimiNet | | Productos y Servicios relacionados: Ambiental, Calidad y certificación

Normas Oficiales Mexicanas

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) han adquirido en la última década una gran importancia en nuestro ordenamiento jurídico; como si antes no se hubiesen regulado cuestiones técnicas. La realidad es muy distinta, ya que al realizar una investigación sobre las disposiciones jurídicas vigentes en el sistema jurídico mexicano, éstas han existido por lo menos desde los años veinte. Aquí una breve reseña:

En mayo de 1928, la Ley sobre Pesas y Medidas como su reglamento carecían de regulación en materia de normalización. Dicha ley y la Ley de Normas Industriales de 31 de diciembre de 1945, fueron derogadas por la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas. Ésta disponia de un capítulo relativo a las normas y su clasificación, en el cual limitaba las disposiciones que regulaban el sistema general de pesas y medidas y las especificaciones que fijara la Secretaría de Industria y Comercio para los productos industriales. Las clasificaba en normas de pesas y medidas y normas industriales, y éstas podían a su vez ser obligatorias u “opcionales”. Las primeras eran las que regían el sistema de pesas y medidas, y las industriales se ocupaban de prescripciones técnicas que pudieran afectar la vida, la seguridad o la integridad de las personas y las que señalaran las mercancías objeto de exportación. Del cumplimiento con las normas opcionales dependía la autorización para la utilización del sello oficial de garantía. Las normas también se clasificaban, por su objeto, en normas de nomenclatura, de funcionamiento, de calidad y normas para los métodos de prueba oficiales, todas éstas son descritas como auténticas reglas técnicas.

La Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de julio de 1992, pretendía uniformar los procedimientos de normalización y medición, estableciendo esquemas uniformes que permitieran superar los problemas de discrecionalidad y legalidad que subsistían en la Ley de 1988. La vigente ley ha sido reformada dos veces: el 24 de diciembre de 1996, con el objeto de modificar las competencias de la Secretaría de Economía (SE), y cambiar el procedimiento de modificación y cancelación de las NOMs, que con las reformas del 20 de mayo de 1997 fue adecuado de nuevo. Estas reformas se han realizado en el marco del programa nacional de desregulación y con el propósito de eliminar algunas ineficiencias de la ley que se han manifestado en los últimos años; sin embargo, la respuesta real a los problemas que enfrenta la aplicación de la ley podrían resolverse con la expedición del reglamento, ya que actualmente carece de reglamentación y al derogarse la ley se derogaron todos los reglamentos de las leyes anteriores.

Una gran diferencia entre las primeras normas técnicas y las actuales es que las anteriores fueron expedidas por el presidente de la República, en uso de la facultad reglamentaria prevista en el artículo 89, fracción I, de la Constitución.

Lo llamativo es que mientras no existieron leyes que regularan a las hoy denominadas NOMs, éstas fueron expedidas con fundamento en una disposición constitucional. Sin embargo, el hecho de que las relaciones jurídicas modernas sean cada vez más complejas y de que el presidente no pueda realizar de manera personal todos los actos que permitan “proveer a la exacta observancia de las leyes en la esfera administrativa”, ha evidenciado la necesidad de que la administración pública federal lo auxilie en su labor.

La ley menciona distintos tipos de normas entre las que encontramos las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs), las Normas Mexicanas (NMX), las Normas de Emergencia (NE) y las Normas de Referencia.

Las NOMs son un conjunto de disposiciones que permiten regular técnicamente procesos, productos, sistemas, actividades, instalaciones, métodos de producción u operación y servicios, así como, la terminología, a través del establecimientos de directrices y criterios que han de ser utilizados para la verificación del cumplimiento de las características o atributos y de su aplicación.

Las NMX son lineamientos que elaboran los organismos nacionales de normatización, o la SE en ausencia de ellos, su conformidad está dispuesta por el artículo 54 de la LFMN, el cual prevee para uso común y repetido reglas, especificaciónes, atributos métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio, o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado.

Estas normas son de aplicación voluntaria, sin embargo, cuando se manifieste que un producto, proceso o servicio es conforme a la NMX, principalmente para efectos de protección al consumidor, la ley establece que en determinados casos las dependencias podrán requerir su observancia, y a pesar de ser voluntarias deben ser incluidas en el Programa Nacional de Normalización para su expedición, lo cual limita la facultad de autorregulación. Su campo de aplicación es determinado por la propia norma y puede ser nacional, regional o local.

Se denominan NE , a las que con motivo de una situación de emergencia deben ser expedidas. El problema que enfrentamos en estos casos es el abuso ante la falta de regulación del significado del término emergencia, pues se ha dado el caso de que se regulen situaciones diversas con forma de norma, bajo el pretexto de emergencia, cuando la situación realmente no lo justifica. La vigencia de las NE está limitada a seis meses, y la norma podrá expedirse dos veces consecutivas, como máximo, conforme a este procedimiento; sin embargo, previa a la segunda expedición, deberá presentarse una Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) a la SE. Transcurrido dicho plazo la norma pierde su vigencia, por lo tanto deja de ser obligatoria.

Las normas de referencia , son las que elaboran las entidades de la administración púbica federal (PEMEX, CFE, etc), en aquellos casos en que las normas mexicanas o internacionales, no cubran sus requerimientos, o bien las especificaciones que contengan se consideren inaplicables y obsoletas, cuando dichas entidades requieran adquirir, arrendar o contratar bienes o servicios.

La finalidad de las normas es establecer las caracteristicas y especificaciones que deben reunir los servicios, la importancia puede argumentarse en tanto posibilitan un mayor y más efectivo control social por parte de quienes consumen o son usuarios de éstos, al tiempo que la regulación que implica, instrumenta medidas de protección, marcos de garantía a partir de los cuales hacer efectivo el cumplimiento de los propósitos y funciones para los que fueron creados.

Fuentes e información complementaria:

http://www.pemex.com/index.cfm?action=content§ionID=5&catID=254
http://cnh.gob.mx/documentos/8/5/art/archivos/xuoy4754.html
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/92/art/art4.htm
http://portal.semarnat.gob.mx/semarnat/portal/!ut/p/kcxml/04_Sj9SPykssy0xPLMnMz0vM0Y_QjzKLN4g3NLYESYGYxqb6kWhCjhgivoYQIV8jmEgAVCTADCYS5gkRCfOCiRgaWyBM8vXIz03VD0VYamiqH2Gm760foF-QGwoCEeUVJo4ApetzbA!!/delta/base64xml/L3dJdyEvd0ZNQUFzQUMvNElVRS82XzBfMTNI

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